AFIP: Preguntas y respuestas sobre las compras en el exterior por Internet

Hablamos un par de veces sobre las compras en el exterior. En uno de los post comenté mi propia experiencia de compra y el trámite (engorroso) de retiro de un producto en la Aduana. Pero la AFIP publicó hace un tiempo un cuestionario interesante sobre algunos puntos que generaban dudas y confusiones. Está claro que…

Hablamos un par de veces sobre las compras en el exterior. En uno de los post comenté mi propia experiencia de compra y el trámite (engorroso) de retiro de un producto en la Aduana. Pero la AFIP publicó hace un tiempo un cuestionario interesante sobre algunos puntos que generaban dudas y confusiones. Está claro que así era, pues en el post se armó un debate interesante sobre las compras en el exterior con tarjeta de crédito y sobre todo, qué se puede importar y qué no (adelanto que celulares, en principio, no se puede)

AFIP: Experiencia de compra en sitios del exterior (actualizado a enero 2015)

 

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Guía de preguntas y respuestas frecuentes según la AFIP

– ¿En qué momento debo generar la declaración jurada informando la compra a proveedores del exterior?
La presentación de la declaración jurada se realizará con anterioridad al retiro o recepción de la mercadería por parte del adquirente.

– ¿Cómo proceder cuando corresponda el pago del arancel del 50 por ciento?
Cuando corresponda el pago del arancel único del 50% sobre el valor de compra, el adquirente deberá presentarse en el Correo Oficial o, en su caso, en la Aduana correspondiente, con la declaración jurada presentada (F 4550) y la constancia del pago efectuado. El pago se realizará a través del VEP.
De corresponder, previo a la liberación de la mercadería, el servicio aduanero exigirá una declaración jurada rectificativa ajustando los valores a la verificación realizada y el pago adicional efectuado conforme lo establecido en el párrafo anterior.

– ¿Cuáles son las consideraciones respecto al pago del tributo?
Existen dos posibilidades:
Envíos con pago a cargo de los adquirentes: la persona ingresará en la declaración jurada presentada y seleccionará la opción para generar el VEP, en forma previa al retiro o recepción de la mercadería.
A tales fines se deberá observar lo siguiente:
Formulario 3020: Compras a proveedores del exterior.
Impuesto 2025: Derechos de importación por Compras a proveedores del exterior.
Concepto 800: Pago Aduanero.
Subconcepto 800: Pago Aduanero.
Declaraciones Juradas Régimen General Correo Oficial: el Correo Oficial deberá ingresar el importe de los tributos liquidados utilizando el VEP.
El pago se efectuará dentro de los 7 días hábiles posteriores a la entrega de la mercadería. Se podrán efectuar pagos globales, debiendo detallar los números identificatorios de las declaraciones juradas que se cancelan, a través del procedimiento establecido en el manual de procedimientos dictado por la Administración Federal.

– ¿Qué se debe consignar en el Formulario 4550/T y en el VEP como «Identificador del envío»?
Al momento de confeccionar el Formulario 4550/T y el volante de pago, en el campo «Identificador del envío» deberá informar el número local asignado por el Correo Oficial y que éste le comunica al adquirente cuando arriba la mercadería.
Un envío suele tener un número de tracking internacional y cuando llega al país el Correo Argentino le asigna otro número local. Este último es el que debe consignarse en dicho campo.

– ¿Cuáles son las obligaciones aplicables a los responsables de los canales de ingreso?
Los responsables de los canales de ingreso, con carácter previo a la entrega de la mercadería, de conformidad con los procedimientos establecidos en las Resoluciones 2048/82 (ANA), 743/95 (ANA), 2436/96 (ANA), deberán constatar que las declaraciones juradas respectivas se encuentran en alguno de los siguientes estados:
Oficializado Exento.
Oficializado con tributos a cargo del responsable del canal de ingreso.
Oficializado con tributos a cargo del adquirente y Pagado.
Para la entrega de la mercadería, los responsables de los canales de ingreso deberán respetar el domicilio registrado en la declaración jurada.

– ¿Qué mercaderías quedan exceptuadas del limite de dos envíos por año calendario?
Quedan excluidas de la limitación prevista en la presente norma los libros, medicamentos con receta médica, obras de arte y demás mercaderías de primera necesidad para el destinatario, debidamente acreditadas ante el servicio aduanero.

– ¿Se debe confeccionar el Formulario 4550 por compras menores a 25 dólares?
Sí, el formulario se debe realizar para todas las compras de mercaderías por Internet.

– ¿Qué mercaderías se encuentran excluidas del Régimen de Envíos Postales y Courier?
No se pueden importar por medio del régimen de Envíos Postales ni por el régimen de Courier las mercaderías que están sujetas a identificación aduanera con Estampilla Fiscal -Mercadería Sujeta a Identificación Aduanera-. A modo de ejemplo, el fisco resaltó que alguno de estos productos son: calculadoras, teléfonos, reproductores de sonido, video grabadoras, reproductoras, relojes (de pulsera, despertadores) y anteojos, entre otros.

Fuente: iProfesional


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Comentarios

10 respuestas a «AFIP: Preguntas y respuestas sobre las compras en el exterior por Internet»

  1. Avatar de Matias
    Matias

    Hola, podrías darme de baja?, es que recibo muchos mails innecesarios…

    Gracias

  2. Avatar de Nahuel
    Nahuel

    Porque no se puede comprar celulares en el exterior? o no se recomienda?

    1. Avatar de Juan
      Juan

      Segun las normas parece que no se puede. Pero en la practica no he leido que no dejaron pasar un celular. Yo lo compre acá y presentando todos los papeles no tuve problemas http://goo.gl/fD0xHS

  3. Avatar de Pablo
    Pablo

    Hola, compré ropa a un proveedor extranjero por menos de U$S 25. Me llegó un papel de Correo Argentino con los datos para el retiro en la aduana. Ocurre que todavía no generé el formulario 4550 ni el vep en afip. Sabes si Afip me puede multar por demorar demasiado en retirar la mercadería? Saludos.

  4. Avatar de fernando
    fernando

    Hola, alguien sabe si se cambio el limite de dos compras al exteriror x año? hace unas semana se hablaba de que quedarian sin efecto, pero no se donde consultar la informacion si sigue esa restriccion
    gracias

  5. Avatar de gustavo vegetti
    gustavo vegetti

    compre en Aliexpress 3 camperas para mis hijos y ya retire 2 hace 15 días. Ahora en esta semana me llego la 3er carta del correo para retirar y pague por la campera y por el VEP , cuando quise hacer el formulario no me deja por excederme , como hago para retirarla ? y que pasa con el correo sino puedo retirarla ? se me hace una deuda ? o la pierdo directamente ?

  6. Avatar de eva
    eva

    hola! Que pasa si no retiro el paquete de la aduana?. me cobran igual lo que pedi?

  7. Avatar de Jorge
    Jorge

    Hola, disculpame, No me aparece el formulario 4550 para completar, olvide poner grabar y le di presntar directamente, lo puedo hacer nuevamente??? Gracias

  8. Avatar de Joel Álvarez

    Hola… se me pasaron los «30 días corridos»

  9. Avatar de Joel Álvarez

    Hola… se me pasaron los “30 días corridos” que dan como plazo para retirar el paquete antes de que se lo manden de nuevo a lvendedor. Mi pregunta es, ¿cabe la posiblidad de que todavía esté en la aduana?¿Sería una pérdida de tiempo ir a ver?¿Qué dicen, ya lo doy por perdido? El tiempo es dinero, no? Así que si a alguien le pasó algo similar y puede contarme qué pasa si vas fuera de término, me haría un favor. Muchas gracias. Buenas noches.

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