La llegada del nuevo gobierno generó muchas especulaciones sobre nuevas posibilidades para la compra de bienes en el exterior, algo que comentamos muchas veces en el blog. Es que el fin del cepo cambiario, quizás sea la puerta para que los argentinos pudieran comprar otra vez, como antes, productos en el exterior en sitios como DealExtreme o Alibaba, o en tiendas de ropa que envían a todo el mundo.
Ante el mar de dudas, la AFIP publicó una nueva serie de preguntas y respuestas sobre este tipo de operaciones. Sobre la pregunta de si se puede comprar más de dos veces por año en el exterior, la respuesta es una vieja conocida:
Si quiero comprar con tarjeta de crédito a proveedores del extranjero, ¿los trámites de Aduana cómo son? ¿Se mantienen los impuestos? ¿Continúa el límite de 2 por año?
Las normativa referente a las compras de mercaderías a proveedores del exterior no ha sufrido modificaciones.
Cuando las mercaderías ingresen al país mediante el correo oficial se deberá generar una declaración jurada indicando el detalle de la adquisición realizada. Para ello deberá ingresar al servicio con clave fiscal «Mis Aplicaciones Web»
Como pueden ver, en este punto todo sigue igual. Así que para comprar en el exterior van a tener dos compras por año y van a tener que llenar la Declaración Jurada de la AFIP.
Deja una respuesta